Pacto por la Cohesión Social y el Empleo de Alcalá de Guadaíra
atticus proyecto

Ayudas de la Unión Europea
Instrumento Financiero FEADER

DESTINATARIOS La ayuda del FEADER se prestará a través de una estrecha concertación entre la Comisión, el Estado miembro y las autoridades y los organismos designados por el Estado miembro en virtud de las normas y prácticas nacionales, con inclusión de:
  • las autoridades regionales y locales competentes y demás autoridades públicas;
  • los agentes económicos y sociales;
  • cualquier otro organismo apropiado que represente a la sociedad civil, organizaciones no gubernamentales, incluidas las del ámbito medioambiental, y organismos dedicados al fomento de la igualdad entre hombres y mujeres.
VIGENCIA 2007-2013
OBJETIVOS General Promueve un desarrollo rural sostenible en la UE como complemento a los ingresos aplicados en el marco de la PAC, la política de cohesión y la política pesquera común.
Específicos

Eje 1: Aumento de la competitividad de la agricultura y la silvicultura a través de la ayuda a la reestructuración.

Eje 2: Mejora del medio ambiente y el entorno rural.

Eje 3: Mejora de la calidad de vida en las zonas rurales y fomento de la diversificación de las actividades económicas.

Eje 4: Desarrollo local y cooperación entre territorios y asociaciones locales de cooperación.

ACCIONES

EJE 1. AUMENTO DE LA COMPETITIVIDAD DEL SECTOR AGRÍCOLA Y FORESTAL

A) Medidas destinadas a fomentar el conocimiento y mejorar el potencial humano.
i) Acciones relativas a la información y la formación profesional, incluida la divulgación de conocimientos científicos y prácticas innovadoras, de las personas que trabajan en los sectores agrícola, alimentario y forestal;
ii) Instalación de jóvenes agricultores;
iii) Jubilación anticipada de los agricultores y trabajadores agrícolas;
iv) Utilización de servicios de asesoramiento por parte de los agricultores y silvicultores;
v) Implantación de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento de las explotaciones agrícolas, así como servicios de asesoramiento en el sector forestal;

B) Medidas de reestructuración y desarrollo del potencial físico y de fomento de la innovación.
i) Modernización de las explotaciones agrícolas;
ii) Aumento del valor económico de los bosques;
iii) Aumento del valor añadido de los productos agrícolas y forestales;
iv) Cooperación para el desarrollo de nuevos productos, procesos y tecnologías en el sector agrícola y alimentario y en el sector forestal;
v) Mejora y el desarrollo de las infraestructuras agrícolas y forestales relacionadas con la evolución y la adaptación de la agricultura y la silvicultura;
vi) Reconstitución del potencial de producción agrícola dañado por catástrofes naturales y la implantación de medidas preventivas adecuadas;

C) Medidas destinadas a mejorar la calidad de la producción y de los productos agrícolas.
i) Ayudas a los agricultores para que puedan adaptarse a las normas estrictas establecidas en la normativa comunitaria;
ii) Apoyo a los agricultores que participen en programas relativos a la calidad de los alimentos;
iii) Apoyo a las agrupaciones de productores en materia de desarrollo de actividades de información y promoción de productos en el marco de programas relativos a la calidad de los alimentos;

D) medidas transitorias destinadas a la República Checa, Estonia, Chipre, Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia, Eslovenia y Eslovaquia.
i) Apoyo a las explotaciones agrícolas de semisubsistencia en curso de reestructuración;
ii) Apoyo a la creación de agrupaciones de productores.

EJE 2. MEJORA DEL MEDIO AMBIENTE Y DEL ENTORNO RURAL

A) Medidas destinadas a la utilización sostenible de las tierras agrícolas a través de:
i) Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades naturales en zonas de montaña;
ii) Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades en zonas distintas de las de montaña;
iii) Ayudas Natura 2000 y ayudas relacionadas con la Directiva 2000/60/CE;
iv) Ayudas agroambientales;
v) Ayudas relativas al bienestar de los animales;
vi) Ayudas a las inversiones no productivas;

B) Medidas destinadas a la utilización sostenible de las tierras forestales a través de:
i) Ayudas a la primera forestación de tierras agrícolas;
ii) Ayudas a la primera implantación de sistemas agroforestales en tierras agrícolas;
iii) Ayudas a la primera forestación de tierras no agrícolas;
iv) Ayudas Natura 2000;
v) Ayudas en favor del medio forestal;
vi) Ayudas a la recuperación del potencial forestal e implantación de medidas preventivas;
vii) Ayudas a inversiones no productivas.
Los Estados miembros designarán las zonas que pueden optar a las ayudas previstas en este capítulo.

EJE 3. CALIDAD DE VIDA EN LAS ZONAS RURALES Y DIVERSIFICACIÓN DE LA ECONOMÍA RURAL

A) Medidas de diversificación de la economía rural, incluyendo:
i) Diversificación hacia actividades no agrícolas;
ii) Ayuda a la creación y el desarrollo de microempresas con vistas al fomento del espíritu empresarial y del desarrollo de la estructura económica;
iii) el fomento de actividades turísticas;

B) Medidas de mejora de la calidad de vida en las zonas rurales, incluyendo:
i) Prestación de servicios básicos para la economía y la población rural;
ii) Renovación y el desarrollo de poblaciones rurales;
iii) Conservación y mejora del patrimonio rural;

C) Medidas relativas a la formación e información de los agentes económicos que desarrollen sus actividades en los ámbitos cubiertos por el eje 3;

D) Medidas relativas a la adquisición de capacidades y la promoción con vistas a la elaboración y aplicación de una estrategia de desarrollo local.

EJE 4. LEADER

El enfoque LEADER se basa en tres tipos de iniciativas: una estrategia de desarrollo local que permite seleccionar los mejores planes de desarrollo de los grupos de acción local en los que se establece una asociación entre el sector público y el privado; la puesta en práctica de proyectos de cooperación entre territorios afectados; la creación de redes de asociaciones locales de cooperación.

FINANCIACIÓN El porcentaje de la contribución del FEADER se establecerá para cada eje:

A) En el caso del eje 1 (competitividad) y del eje 3 (diversificación y calidad de vida), así como para la asistencia técnica , se aplicarán respectivamente los siguientes límites máximos:
i) el 75 % del gasto público subvencionable en el caso de las regiones subvencionables en virtud del objetivo de convergencia;
ii) el 50 % del gasto público subvencionable en el caso de las demás regiones.

B) En el caso del eje 2 (mejora del medio ambiente y del entorno rural) y del eje 4 (Leader), se aplicarán respectivamente los siguientes límites máximos:
i) el 80 % del gasto público subvencionable en el caso de las regiones subvencionables en virtud del objetivo de convergencia;
ii) el 55 % del gasto público subvencionable en el caso de las demás regiones.

El porcentaje mínimo de la contribución del FEADER será del 20 % para cada eje. Las medidas relativas a la asistencia técnica adoptadas a iniciativa o por cuenta de la Comisión podrán financiarse al 100 %.
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