Pacto por la Cohesión Social y el Empleo de Alcalá de Guadaíra
atticus proyecto

Ayudas en España
Fomento del Autoempleo de Personas Discapacitadas

Trabajadores con discapacidad desempleados

Tienen como objeto facilitar la constitución de desempleados con discapacidad en trabajadores autónomos o por cuenta propia.

Subvenciones de promoción de empleo autónomo para personas con discapacidad

Estos trabajadores tendrán derecho a las ayudas para la promoción para el empleo autónomo contempladas en la Orden TAS/1622/2007, en la que los trabajadores con discapacidad aparecen como un colectivo específico a efectos de la graduación de las ayudas a percibir.

Los Servicios Públicos de Empleo autonómicos podrán graduar las ayudas hasta un máximo de 10.000€, incrementadas en un 10% para el caso de mujeres víctimas de violencia de género; las ayudas a las que pueden acceder para las subvenciones que se concedan en el ámbito del Servicio Público de Empleo Estatal son las siguientes:

  • Por establecimiento como trabajador autónomo 8.000€, si es mujer 10.000€. En caso de mujeres víctimas de violencia de género esta última cantidad se incrementará en un 10%.
  • De los intereses de los préstamos que fueran necesarios para la constitución de la persona con discapacidad como trabajador autónomo. Reducción de hasta cuatro puntos sobre el interés fijado por la entidad financiera que conceda el préstamo. Se aplican como límite las mismas cantidades que para el apartado anterior de establecimiento.
  • Para asistencia técnica en cuantía del 75 % del coste de los servicios prestados, con un tope de hasta 2.000 €.
  • Para formación: la cuantía será del 75 % del coste de los cursos, con un tope de hasta 3.000 €.

 

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