SUBVENCIONES "EMPRENDER EN FEMENINO" DEL AÑO 2008 |
Dicha convocatoria, tiene por objeto fomentar la actividad empresarial femenina y conseguir su inserción laboral. Van dirigidas a mujeres que se hayan constituido como trabajadoras autónomas o que hayan creado una sociedad, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, y tienen como finalidad ayudarles a superar los obstáculos iniciales y consolidar las empresas creadas. Beneficiarias: Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria todas aquellas mujeres que, en el momento de la publicación de la Resolución, cumplan los siguientes requisitos: a) Que hayan iniciado su actividad en el período comprendido entre el 1 de enero de 2.007 y la fecha de publicación de esta Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado b) Que dicha actividad esté relacionada con alguno de los sectores siguientes: industria, construcción, tecnologías de la información y de la comunicación, sector tecnológico (I+D), desarrollo sostenible, y conciliación de la vida laboral y familiar (servicios a personas dependientes). Quedan expresamente excluidas las siguientes actividades: comercios, peluquerías y centros de estética, actividades inmobiliarias, consultorías, hostelería y restauración, transporte, locutorios, videotecas y otras siempre que no se hallen comprendidas en ninguno de los sectores anteriormente mencionados. c) Que hayan creado su propio puesto de trabajo y que en el momento de publicación de la Resolución estén realizando la actividad. d) Que estén dadas de alta en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social o en el que legal o estatutariamente le corresponda en el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y la fecha de publicación de la convocatoria. e) Que hayan realizado, en el momento de la publicación de la presente Orden, unos gastos mínimos de 6.000 €, sin computar el IVA, en los conceptos que se especifican a continuación: - Constitución y puesta en marcha (tasas, gastos notariales, registrales, gestoría). f) Que se hallen al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social. g) En el caso de las mujeres que hayan constituido sociedades o comunidades de bienes, sólo podrán presentarse aquéllas que, a la fecha de publicación de esta Convocatoria, dispongan de una plantilla inferior a 50 trabajadores, y que además cumplan conjuntamente los siguientes requisitos: |
Microcréditos para mujeres emprendedoras y empresarias | Con el objetivo de promover el establecimiento, mantenimiento, la consolidación y el crecimiento de las empresas de mujeres, en el año 2010, el Ministerio de Igualdad promueve, por un lado, junto al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, a través de la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa (DGPYME) y con la Empresa Nacional de Innovación (ENISA), adscrita a la misma, y por otro, junto con Microbank (Banco Social de La Caixa), el establecimiento de las condiciones más ventajosas, que faciliten el acceso a la financiación a través de la modalidad de microcréditos sin necesidad de avales personales de las beneficiarias, así como a los servicios de apoyo y acompañamiento para emprendedoras a través del Programa de MICROCRÉDITOS. Las condiciones ventajosas del Programa son las siguientes: - Importe de hasta 25.000€ - Plazo de amortización de 5 años más 6 meses de carencia optativos. - Tipo de interés: máximo 6% fijo. - Ninguna tipo de comisión ni avales. - Financiación máxima del 95% del coste total del proyecto. |