Pacto por la Cohesión Social y el Empleo de Alcalá de Guadaíra
atticus proyecto

Ayudas en España
Fomento del Autoempleo en Economía Social

Fomento del empleo en la economía social

Se trata de ayudas gestionadas bien por las Comunidades Autónomas, bien por el Servicio Público de Empleo Estatal en aquellos casos en que aquéllas no hayan asumido competencias en la materia y en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.

Subvenciones por la incorporación de socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales de los siguientes colectivos:

  Hombre Mujer
Personas desempleadas menores de 25 años que no hayan tenido antes un primer empleo fijo. 5.500€ 7.000€
Personas desempleadas mayores de 45 años 5.500€ 7.000€
Personas desempleadas de larga duración. 5.500€ 7.000€
Personas desempleadas a quienes se haya reconocido el abono de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único 5.500€ 7.000€
Mujeres desempleadas que se incorporen en los 24 meses siguientes a la fecha del parto, adopción o acogimiento 7.000€
Personas desempleadas minusválidos, con un grado discapacidad igual o superior al 33%. 10.000€
Personas desempleadas en situación de exclusión social. 8.000€
Trabajadores vinculados a la empresa por contrato de trabajo temporal no superior a 24 meses. 5.500€ 7.000€

Inversiones en inmovilizado material o inmaterial que contribuyan a la creación, consolidación o mejora de la competitividad de las cooperativas y sociedades laborales.

Las subvenciones podrán  tener dos modalidades:

  • Subvenciones directas (hasta el 50% del coste de adquisición de activos, excluidos los impuestos) ó
  • Bonificación de de tres puntos sobre  el tipo de interés del  préstamo concedidos por la entidad de crédito que conceda el préstamo, pagadera de una sola vez en cuantía calculada  como si la subvención se devengase cada año de duración del mismo, incluido el posible período de carencia.

    En el caso de microcréditos concedidos por entidades que hayan suscrito convenio con el Ministerio de Trabajo e Inmigración o, en su caso, la Comunidad Autónoma correspondiente, la subvención podrá alcanzar  el coste total de los gastos financieros, con un límite de 18.000€ por sociedad.

Subvención para asistencia técnica.

La cuantía de esta subvención será del 50 % del coste de los servicios prestados, con un tope de  20.000€.  

Subvención para formación.

La cuantía de esta subvención será de hasta 100% del coste de los cursos recibidos, con un tope de 90.000€ por actividad.  

Fomento del empleo en el trabajo autónomo

Se trata de ayudas gestionadas bien por las Comunidades Autónomas, bien por el Servicio Público de Empleo Estatal en aquellos casos en que aquéllas no hayan asumido competencias en la materia y en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.

Subvención por el establecimiento como trabajador autónomo o por cuenta propia hasta un máximo 10.000€, a determinar por la Comunidad Autónoma para los siguientes:

  • Personas desempleadas en general.
  • Jóvenes desempleados de 30 o menos años.
  • Mujeres desempleadas.
  • Personas desempleadas con discapacidad.
  • Mujeres desempleadas con discapacidad.
  • En el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, las cantidades anteriores se incrementarán en un 10 por ciento.

Subvención financiera.

Esta subvención será equivalente a la reducción de hasta 4 puntos del interés fijado por la entidad de crédito pública o privada que conceda el préstamo, siendo el límite de la subvención, hasta un máximo de 10.000€, y se determinará por el Servicio Público de Empleo competente, salvo en el caso de microcréditos que podrá llegar a cubrir el coste total de los gastos financieros.

El préstamo deberá destinarse, al menos en un 75 por ciento, a financiar inversiones en inmovilizado fijo, pudiéndose destinar hasta un 25 por ciento a financiar el activo circulante. En todo caso, el beneficiario deberá realizar una inversión en inmovilizado fijo por cuantía no inferior a 5.000€.

Subvención para asistencia técnica.

La cuantía de esta subvención será del 75 por ciento del coste de los servicios prestados, con un tope de 2.000€.

Subvención para formación.

La cuantía de esta subvención será del 75 por ciento del coste de los cursos recibidos, con un tope de 3.000€.

 

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