Ayudas para el establecimiento y mantenimiento del autónomo | CONDICIONES COMUNES.a. ZONAS DE ACTUACIÓN. ESTABLECIMIENTO EL AUTONOMO.
MANTENIMIENTO DEL AUTONOMO.Llevar de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en el régimen que legal o estatutariamente corresponda, un mínimo de un año y un máximo de tres años, a contar desde la apertura del plazo de solicitud de la ayuda para la que solicitan. Cantidad a tanto alzado de hasta:
Información:
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Programa de incentivos para el fomento de la innovación y desarrollo empresarial | Es el principal instrumento de financiación de proyectos empresariales que contribuyan al fomento de la innovación y al desarrollo empresarial en Andalucía durante el periodo 2008-2013. BENEFICIARIOS Y BENEFICIARIAS. Las empresas, especialmente las Pymes, que tengan establecimiento operativo en Andalucía o vayan a tenerlo mediante el proyecto a emprender. También podrán ser beneficiarias las agrupaciones o asociaciones de empresas y las fundaciones que tengan relación con el ámbito empresarial y que actúen como empresas. Todo ello en los términos recogidos en la norma reguladora. LINEAS DE PROYECTOS. Cuatro grandes líneas, entre los que se encuentran los proyectos de Creación de Empresas, aquellos que tienen como finalidad la creación de un nuevo establecimiento o centro de producción, donde el elemento relevante es que se trate de un proyecto de nuevo establecimiento. Además, se incluye una línea especial de Incentivos para Pequeñas Empresas de Innovación de reciente creación. CATEGORIA DEL PROYECTO En el caso de creación de empresa, las categorías:
FINANCIACIÓN Las modalidades de incentivos para la financiación del proyecto pueden consistir en las que a continuación se relacionan, no existiendo incompatibilidad entre ellas.
INCENTIVOS PARA PEQUEÑAS EMPRESAS DE INNOVACIÓN DE RECIENTE CREACIÓN. Con esta línea se pretende apoyar el desarrollo de pequeñas empresas de innovación de reciente creación concediéndoles incentivos para financiar los gastos iniciales de su puesta en marcha. A los efectos de este tipo de incentivos se considerarán empresas de innovación las siguientes: a) Empresas de Base Tecnológica (EBT). b) Empresas creadas a partir de una innovación tecnológica en productos o procesos. d) Empresas creadas a partir de una innovación no tecnológica en la gestión, en los productos o los servicios. Información:
- Centro Corporativo
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Subvenciones del IAM a mujeres y empresas de mujeres para el fomento y mejora empresarial | BENEFICIARIAS: Empresas de mujeres, ya sean sus titulares personas físicas o jurídicas, sociedades civiles o comunidades de bienes, que tengan abierta sede social, delegación o establecimiento de producción en Andalucía, y que no posean más de diez trabajadoras y/o trabajadores y su volumen de negociosanual no supere los dos millones de €; así como las mujeres que estén en fase de iniciar una actividad autónoma o empresarial en Andalucía con estas características, cualquiera que sea su forma jurídica. También podrán tener la condición de beneficiarias las sociedades cooperativas que cumplan los mismos requisitos establecidos en el párrafo anterior con excepción del referido al número de trabajadoras o trabajadores, cuyo máximo será cincuenta. CONCEPTOS SUBVENCIONABLES 1. Se podrán conceder subvenciones para cubrir los siguientes gastos necesarios para el desarrollo de los proyectos presentados: 1.1. Bienes materiales: a) Inversiones en bienes de equipos, instalaciones, mobiliario y equipos informáticos, incluyéndose dentro de este apartado aquellos gastos en bienes que favorezcan el desarrollo sostenible. b) Adquisición de software y aplicaciones informáticas necesarias para el desarrollo de la actividad. 1.2. Bienes inmateriales: a) Servicios externos para elaboración e implantación de planes de comercialización, gastos derivados del diseño y elaboración de la imagen corporativa de la empresa, así como los relativos al diseño de marcas, anagramas, catálogos y logotipo de los productos y servicios, incluidos soportes telemáticos. b) Servicios externos de elaboración e implantación de Planes de igualdad, de prevención de riesgos laborales y sistemas de calidad. c) Gastos derivados de la asistencia técnica para la elaboración e implantación de los proyectos que contribuyan a la generación de empleo, la estabilidad y el crecimiento de las empresas, la cooperación entre empresas de mujeres y el desarrollo sostenible. d) Gastos de realización del material de promoción exclusivamente para el lanzamiento de nuevos productos o la apertura de nuevos mercados y servicios externos para la participación en ferias siempre que se trate de la primera participación de la empresa en una determinada feria o exposición. e) Adquisición de patentes, licencias de explotación o de conocimientos técnicos patentados y conocimientos técnicos no patentados. CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN La cuantía de cada subvención concedida con cargo a esta modalidad no podrá superar el 50% del presupuesto aceptado. Información:
- Servicios centrales
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